Aunque el marco regulatorio global establecido por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS) no será legalmente vinculante antes de 2025, el Banco Central Europeo (BCE) espera que los bancos de la Unión Europea (UE) comiencen a aplicar topes a Bitcoin (BTC) participaciones mientras tanto.
De hecho, los supervisores del BCE mencionaron el “riesgo significativo y los ciclos de auge y polvo” de las criptomonedas, y aconsejaron a los bancos que planean introducirlas en sus operaciones que comiencen a planificar el cumplimiento de la próxima ley de inmediato en el futuro. Boletin informativo a partir del 15 de febrero.
Aunque reconocieron que algunos bancos “han explorado oportunidades” para usar blockchain para mejorar la eficiencia, reducir costos y brindar nuevos servicios a los clientes, los supervisores dijeron que los activos digitales “todavía no se usan ampliamente en las operaciones bancarias convencionales”.
Abordar los riesgos por adelantado
Sin embargo, creen que “la expansión de la criptoindustria también puede llevar a que los riesgos de los criptoactivos se extiendan al sector bancario” y “si un banco adquiriera exposiciones a los criptoactivos, ya sea directa o indirectamente, se enfrentaría a importantes riesgos no cubiertos específicamente por el actual marco prudencial.”
Por tanto, para evitar posibles problemas, el BCE aconseja a dichos bancos:
“El estándar BCBS aún no es legalmente vinculante en espera de su transposición en la Unión Europea. Sin embargo, si los bancos desean participar en este mercado, se espera que cumplan con el estándar y lo tengan en cuenta en su planificación comercial y de capital”.
Hasta 1% de límites de Bitcoin
Como recordatorio, el comité organizado por el Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) propuso recientemente que los bancos asignen la mayor ponderación de riesgo posible del 1250 % a activos digitales sin respaldo como Bitcoin, lo que significa que tienen que emitir capital equivalente a sus tenencias de criptomonedas. y limitar esas participaciones al 1% de su capital básico.
Específicamente, agruparon las criptomonedas en dos grupos: el Grupo 1, que incluye activos tradicionales tokenizados y monedas estables que cumplen con las condiciones de clasificación, y el Grupo 2, que se refiere a activos que no cumplen con las condiciones de clasificación e incluyen “activos digitales sin respaldo”, así como específicos. monedas estables y activos tradicionales tokenizados.
En octubre, Finbold informó sobre el Informe de seguimiento de Basilea III de BCBS, que encontró que la exposición total a los activos digitales por parte de los bancos globales seguía siendo relativamente baja, ascendiendo a aproximadamente 9400 millones de euros o aproximadamente el 0,14 % de la exposición total a las criptomonedas de los bancos de todo el mundo. mientras que teniendo en cuenta los bancos que no reportan dichas exposiciones, este monto se reduce a 0,01%.