El documento de consulta propone dividir los criptoactivos en los Grupos 1 y 2. El Grupo 1 consiste en activos tradicionales tokenizados, como acciones emitidas en blockchain y monedas estables que cumplen con los requisitos de clasificación.
Los requisitos de clasificación incluyen pasar una prueba de riesgo de redención y riesgo base. La prueba de riesgo de redención garantiza que las monedas estables se puedan canjear en todo momento al valor de referencia. La prueba de riesgo de base determina si la moneda estable se puede vender cerca del valor de referencia.
Las monedas estables y las criptomonedas que no cumplen con estos requisitos pertenecen al Grupo 2. Se consideran más riesgosas que los activos del Grupo 1 e incluyen criptomonedas como Bitcoin y Ethereum, así como monedas estables algorítmicas. Por lo tanto, el comité recomienda un límite del 1% en la exposición a los criptoactivos del Grupo 2.
Para los grandes bancos como JP Morgan y Chase, que tienen casi $264 mil millones en capital de Nivel 1, el límite del 1% significa miles de millones de dólares que se pueden mantener en criptomonedas.
El documento de consulta anterior proponía que los bancos deben garantizar una cantidad equivalente de capital respaldado por todas las exposiciones criptográficas. En otras palabras, si un banco tenía $100 en criptomonedas, tenía que asegurarse de tener $100 como reserva.
Sin embargo, el comité ha prestado atención a las críticas de su documento de consulta anterior. El nuevo documento sugiere reglas más ligeras para las criptomonedas con derivados líquidos equivalentes, como los fondos cotizados en bolsa (ETF), reconociendo las posibilidades de cobertura.